Un restaurante genera residuos cada día: restos de alimentos, decenas de botellas de vidrio, envases, cartón de mercancía, aceite de cocina usado y también residuos peligrosos como productos de limpieza o pilas. Gestionarlos correctamente no es voluntario: es una obligación legal. Y desde abril de 2026, la Ley 1/2025 de prevención del desperdicio alimentario añade nuevas exigencias que ya son plenamente exigibles.
Desde Foment del Reciclatge, empresa de recogida y transporte de residuos del grupo Corporación Everest, adaptamos el servicio de gestión de residuos a los horarios y necesidades de cada restaurante en Barcelona y el resto de Cataluña: recogidas antes de la apertura, documentación en regla para inspecciones y un solo interlocutor para todas las fracciones. El tratamiento y la valorización se realizan en nuestras plantas propias PIRSA y PIDEC.

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Cada restaurante tiene sus propias necesidades. Nuestro equipo técnico analiza tu situación y te propone una solución adaptada: contenedores, frecuencia de recogida, fracciones, documentación y asesoría normativa.
¿Qué residuos genera un restaurante?
Un restaurante debe separar en origen, como mínimo, cinco fracciones. A estas se suman otros residuos que requieren gestión especializada y documentación obligatoria.
Fracciones principales
- BANAL: fracción resto o rechazo, formada por aquello que no encaja en ninguna de las demás fracciones (servilletas sucias, restos no clasificables). Debe minimizarse separando correctamente el resto de residuos.
- ORGÁNICA: restos de alimentos de cocina y sala, mermas de producto, desperdicios de elaboración y excedentes no donables. Es la fracción más voluminosa de un restaurante. La recogida separada es obligatoria para grandes generadores desde 2024 (Ley 7/2022).
- ENVASES: plásticos, latas, briks y film de cocina generados en la elaboración y el servicio. Requieren contenedor diferenciado y recogida frecuente por su volumen.
- PAPEL/CARTÓN: embalajes de la recepción de mercancía, cajas de bebidas y envases de proveedor. Frecuencia de generación diaria en establecimientos de tamaño medio.
- VIDRIO: botellas, botellines y envases de bebidas generados por el servicio de sala y barra. Es, junto con la orgánica, una de las fracciones de mayor volumen en restaurantes y bares (vidrio Horeca).

Otros residuos a gestionar
Además de las cinco fracciones principales, un restaurante genera otros residuos con requisitos propios que conviene agrupar en una categoría OTROS dentro de su plan de gestión:
- Aceite de cocina usado: aceite vegetal de freidoras y elaboraciones. Recogida selectiva obligatoria en hostelería desde la entrada en vigor de la Ley 7/2022. Nunca debe verterse por el desagüe: un litro contamina hasta 1.000 litros de agua. Entrega exclusiva a gestor autorizado y albarán por cada recogida.
- Residuos peligrosos: productos de limpieza y desinfección, aerosoles, pilas, baterías y fluorescentes. No pueden mezclarse con residuos ordinarios ni almacenarse más de 6 meses. Requieren gestor autorizado y documentación de traslado específica.
- RAEE: equipos de cocina obsoletos (freidoras, hornos, lavavajillas), iluminación y pequeños aparatos eléctricos. Regulados por el RD 110/2015 y de entrega obligatoria a gestor autorizado.
Obligaciones legales de los restaurantes en materia de residuos
Ley 7/2022: obligaciones en materia de residuos en vigor
- Separación en origen de las fracciones principales: banal, orgánica, envases, papel/cartón y vidrio.
- Recogida separada obligatoria de aceite de cocina usado desde la entrada en vigor de la Ley 7/2022 (2022 para hostelería). Entrega exclusivamente a gestor autorizado.
- Recogida separada de biorresiduos (fracción orgánica) obligatoria desde 2024 para grandes generadores.
- Los residuos peligrosos no pueden almacenarse más de 6 meses en las instalaciones del establecimiento.
- Los productores de residuos peligrosos deben presentar comunicación previa e inscribirse en el registro autonómico de productores de residuos.
- Contrato con gestor autorizado y conservación de la documentación de traslado durante al menos 3 años (Ley 7/2022, art. 64).
- Prohibición de plásticos de un solo uso: cubiertos, platos, pajitas y similares están prohibidos desde julio de 2021.
- Obligación de ofrecer agua no envasada de forma gratuita a los clientes.
Ley 1/2025 de prevención del desperdicio alimentario: obligaciones desde abril de 2026
- Envase gratuito para sobras (“doggy bag”): todo restaurante debe facilitar al cliente, sin coste adicional, un envase apto para uso alimentario, reutilizable o fácilmente reciclable, para llevarse los alimentos no consumidos. Cobrar por él o negarse a entregarlo es infracción sancionable. No aplica en buffet libre.
- Plan de prevención del desperdicio alimentario: obligatorio para establecimientos de más de 1.300 m² o grupos que superen esa superficie. Debe incluir indicadores, responsables y seguimiento.
- Donación de excedentes: los excedentes alimentarios aptos para consumo deben priorizarse para donación a entidades sociales. Incluir cláusulas contractuales que impidan la donación es infracción.
- Información visible: el derecho del cliente a llevarse sobras debe indicarse en carta, menú o cartelería visible del local.
- Sanciones: hasta 500.000 euros en los casos más graves.
Servicio de gestión de residuos para restaurantes
Trabajamos con restaurantes, bares, cafeterías, caterings y grupos de hostelería. Adaptamos la frecuencia de recogida y los contenedores al volumen y al tipo de establecimiento, cubriendo las cinco fracciones (banal, orgánica, envases, papel/cartón y vidrio) más el aceite usado, los residuos peligrosos y los RAEE. Documentación en regla para cada inspección.
Precio público de recogida de residuos comerciales en Barcelona
Además de gestionar correctamente cada fracción, todo restaurante con local en Barcelona ciudad debe estar al día con el precio público municipal de recogida de residuos comerciales e industriales, gestionado por el Institut Municipal d’Hisenda. Se aplica a comercio, hostelería, oficinas y demás actividades económicas con local en el municipio, y su importe depende de la actividad desarrollada y de la superficie del establecimiento.
Puntos clave que todo restaurante debe conocer:
- Es obligatorio darse de alta en el padrón de este precio público y presentar la autoliquidación del año de inicio de la actividad.
- Existen reducciones de tarifa para quienes acrediten la gestión de fracciones mediante un gestor o transportista privado autorizado, como Foment del Reciclatge, en lugar de utilizar el servicio municipal.
- Las tarifas se han incrementado de forma gradual desde 2025 para ajustarse a los costes reales del servicio, conforme a la Ley 7/2022, por lo que conviene revisar la clasificación de la actividad y la superficie declarada.
- Quien cesa la actividad debe presentar la baja del precio público en el plazo de un mes desde el cierre.
Contar con un gestor autorizado para todas las fracciones, con la documentación de traslado en regla, es también el argumento que permite acceder a estas reducciones cuando el Ayuntamiento las contempla.
¿Por qué elegir a Corporación Everest para la gestión de residuos de tu restaurante?
- Transportista autorizado y plantas de valorización propias en Cataluña: Foment del Reciclatge (recogida y transporte) y plantas PIRSA y PIDEC (tratamiento y valorización).
- Más de 1.000 clientes en sectores como comercio, industria, hostelería y administración pública.
- Servicio adaptable a los horarios de apertura del restaurante: recogidas antes de la apertura o tras el cierre.
- Un solo interlocutor para todas las fracciones: banal, orgánica, envases, papel/cartón, vidrio, aceite, peligrosos y RAEE.
- Documentación lista para inspecciones de Consumo y Medio Ambiente, con certificados de tratamiento en cada recogida y soporte para acreditar reducciones del precio público municipal.

Preguntas frecuentes sobre gestión de residuos en restaurantes
Sí. La Ley 7/2022 obliga a todos los productores de residuos no domésticos incluidos restaurantes y bares a entregar sus residuos a gestores autorizados. El aceite de cocina usado debe entregarse a gestor autorizado desde 2022. La responsabilidad del restaurante no concluye hasta que el residuo ha sido completamente tratado y documentado.
Como mínimo, cinco: banal, orgánica, envases, papel/cartón y vidrio. El aceite de cocina usado tiene recogida selectiva obligatoria en hostelería desde 2022 y debe entregarse siempre a gestor autorizado. Los residuos peligrosos y los RAEE también deben gestionarse de forma separada con gestor autorizado.
Desde el 2 de abril de 2026, la Ley 1/2025 es plenamente exigible. Obliga a los restaurantes a: ofrecer gratuitamente al cliente un envase para llevarse las sobras; implantar un plan de prevención del desperdicio (obligatorio para establecimientos de más de 1.300 m²); priorizar la donación de excedentes a entidades sociales; y aplicar la jerarquía de gestión de excedentes. Las sanciones pueden llegar hasta 500.000 euros.
El restaurante debe conservar los contratos con el gestor autorizado, la documentación de traslado de cada recogida y los certificados de tratamiento, especialmente para aceite usado y residuos peligrosos, durante al menos 3 años (Ley 7/2022, art. 64). Esta documentación es exigible ante inspecciones administrativas.
No. Está expresamente prohibido por la normativa de saneamiento y puede acarrear sanciones económicas. Un litro de aceite puede contaminar hasta 1.000 litros de agua. El aceite debe almacenarse en envases homologados y entregarse a un gestor autorizado, conservando el albarán de cada recogida.
En Barcelona ciudad, sí: todo titular de una actividad económica, incluida la hostelería, debe darse de alta y autoliquidar este precio público gestionado por el Institut Municipal d’Hisenda, salvo que acredite la gestión de las fracciones residuales mediante un gestor o transportista privado autorizado, lo que puede dar acceso a reducciones de tarifa.

