El Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, obliga a todo constructor o promotor que ejecute obras sujetas a licencia urbanística a gestionar los residuos de construcción y demolición (RCD) de forma controlada, documentada y con gestores autorizados. En el contexto de una licitación pública, el cumplimiento de esta norma no es un trámite posterior a la adjudicación: es un requisito que debe quedar reflejado ya en la documentación técnica de la oferta.
El RD 105/2008 establece dos figuras clave con responsabilidades diferenciadas: el productor de residuos, generalmente el promotor o titular del proyecto, y el poseedor de residuos habitualmente el contratista principal. Ambas figuras tienen obligaciones específicas que la Administración puede exigir en cualquier fase del proceso licitatorio o de la ejecución de obra.
La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público exige que los pliegos incluyan criterios medioambientales, entre los que la gestión de RCD ocupa un lugar central. Para más contexto sobre esta norma, puedes consultar nuestro artículo ¿Qué es el RD 105/2008 y cómo afecta a las obras de construcción?.
Los 3 documentos imprescindibles antes de presentar la oferta
El Estudio de Gestión de Residuos (EGR)
El EGR es el documento técnico obligatorio que debe formar parte del proyecto de obra antes de solicitar la licencia o presentar la oferta. Lo redacta el autor del proyecto y su contenido mínimo está definido en el artículo 4 del RD 105/2008: estimación de cantidad de residuos (en toneladas y m³), clasificación por código LER, medidas de prevención, operaciones de valorización previstas, instalaciones de gestión de destino y valoración económica del coste de gestión.
El Plan de Gestión de RCD (PGR)
El PGR lo redacta el constructor antes del inicio de las obras, tomando como base el EGR. Debe ser aceptado por la dirección facultativa. Concreta los gestores autorizados reales, las cantidades previstas por tipo de residuo, los procedimientos de segregación en obra y la trazabilidad documental prevista. Consulta nuestra guía completa sobre cómo elaborar el plan de gestión de RCD.
La documentación de seguimiento
Durante la ejecución, el RD 105/2008 exige documentación que acredite que cada fracción ha llegado a gestor autorizado: albaranes de entrega, certificados de tratamiento con especificación de la operación aplicada (valorización o eliminación) y, para residuos peligrosos, la documentación específica exigida por la normativa.
En Catalunya, la documentación de RCD se gestiona a través del SDR (Sistema Documental de Residus) de l’Agència de Residus de Catalunya. Las obras deben obtener la NIO (Notificació i Identificació d’Obra) antes de empezar a gestionar residuos, y cada traslado se documenta con el DSRC (Document de Seguiment de Residus de la Construcció). Sin esta documentación completa, no es posible justificar el cumplimiento ante el órgano de contratación.
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Cómo elegir un gestor autorizado de RCD para la licitación
El gestor debe contar con autorización de la comunidad autónoma donde se ubica la instalación de tratamiento, específica para los códigos LER que vas a entregarle. La autorización debe estar vigente en el momento de la entrega y cubrir el tipo de operación (valorización o eliminación). El constructor tiene la obligación de verificar esto antes de formalizar ningún contrato de gestión.
Un buen gestor de RCD debe facilitar: albaranes de entrega con código de seguimiento, certificados de tratamiento con especificación de cantidad y fracción tratada, y trazabilidad completa hasta la instalación final de destino.
Algunas administraciones exigen al contratista depositar una garantía económica (fianza de gestión de residuos) que solo se devuelve con el cumplimiento documental completo. Este requisito debe anticiparse desde la fase de oferta.
Errores que descalifican una licitación por mala gestión de residuos
- EGR incompleto o desactualizado: si las estimaciones no se corresponden con la última versión del proyecto, la oferta puede ser cuestionada técnicamente.
- Gestores sin especificar o con autorizaciones caducadas: indicar «gestor a determinar» es uno de los motivos más frecuentes de descalificación.
- Incoherencia entre EGR y PGR: si el Estudio estima un volumen y el Plan lo destina a una planta no autorizada para ese código LER, la dirección facultativa puede paralizar las obras.
- Omisión de residuos peligrosos: en demoliciones de edificios anteriores a 1980, la presencia de amianto debe contemplarse obligatoriamente. No hacerlo activa protocolos específicos.
- Documentación incompleta al cierre: obras finalizadas sin certificados de tratamiento pueden quedar pendientes de liquidación durante meses.
Consulta nuestro artículo sobre errores frecuentes en la gestión de residuos de obra para una revisión más detallada.
Paso a paso: cómo integrar el RD 105/2008 en tu propuesta técnica
Fase 1 — Antes de presentar la oferta
- Lee los pliegos con foco en las cláusulas medioambientales. Identifica si exigen umbrales de valorización superiores al mínimo legal, gestores preidentificados o fianza de gestión.
- Verifica el EGR que acompaña al proyecto licitado. Si detectas omisiones, plantéalas en las consultas previas.
- Identifica gestores autorizados reales para cada fracción. Solicita tus autorizaciones vigentes y adjúntalas en tu oferta.
Fase 2 — Inicio de obras
- Redacta el PGR con los datos reales del contrato adjudicado. Debe estar aprobado por la dirección facultativa antes del primer trabajo de demolición.
- En Catalunya, obtén la NIO antes de empezar a gestionar residuos.
- Instala contenedores segregados conforme al PGR.
Fase 3 — Ejecución y cierre
- Registra cada retirada con albarán firmado por el gestor.
- Solicita certificados de tratamiento con la periodicidad que marca el PGR. No esperes al final de obra.
- Elabora el informe final de gestión de residuos. El PEMAR 2025-2035 ha elevado el objetivo de valorización al 75 % en peso de RCD no peligrosos.
Preguntas frecuentes
¿A qué obras se aplica el RD 105/2008?
A todas las obras de construcción, demolición o rehabilitación para las que se requiera licencia urbanística, independientemente de su superficie o importe.
¿Quién redacta el Estudio y quién el Plan?
El Estudio de Gestión (EGR) lo redacta el autor del proyecto (arquitecto o ingeniero). El Plan de Gestión (PGR) lo redacta el constructor, tomando como base el EGR.
¿Qué pasa si no cumples el RD 105/2008 en una licitación?
Durante la licitación: descalificación de la oferta o penalización en la valoración técnica. Durante la ejecución: paralización de obras, retención de certificaciones o pérdida de fianza. Las sanciones administrativas por infracción de la normativa de residuos (art. 109, Ley 7/2022) pueden alcanzar los 100.000 € para infracciones graves con residuos no peligrosos, hasta 600.000 € con residuos peligrosos, y hasta 3.500.000 € en infracciones muy graves.
¿El RD 105/2008 sigue vigente?
Sí. El RD 105/2008 sigue vigente como norma específica de producción y gestión de RCD. La Ley 7/2022 ha actualizado el marco general y refuerza las obligaciones, pero no deroga el RD 105/2008: ambas coexisten y se complementan.
¿Qué porcentaje de residuos hay que valorizar?
El RD 105/2008 establecía un objetivo del 70 % en peso de RCD no peligrosos. El PEMAR 2025-2035, aprobado en diciembre de 2025, ha elevado este objetivo al 75 %. En obras bien planificadas con segregación correcta en origen, este umbral se supera habitualmente.
Cumplir con el RD 105/2008 empieza antes de la licitación
El cumplimiento normativo en gestión de RCD no es algo que se resuelve durante la obra: se planifica desde la fase de oferta. Identificar gestores autorizados reales, dimensionar correctamente el EGR y anticipar la documentación de seguimiento son las claves para que tu propuesta técnica sea sólida y tu ejecución no tenga incidencias.
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